Vehículos que trasladen al aeropuerto son excepción a restricción vehicular

Muchos viajeros tienen esta duda y acá les confirmo este tema. Los vehículos que realizan traslado de pasajeros al aeropuerto, sean particulares o privados, forman parte de la excepción a la restricción vehicular impuesta por el Gobierno.

Esto quiere decir que pueden circular sin problema, únicamente para este fin, incluso los días de restricción.

Esto se puede constatar en el sitio de Alertas de la Presidencia de la República, en el inciso “p”, el cual les detallo a continuación.

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“Vehículos de personas que estrictamente requieran trasladarse al Aeropuerto Internacional Juan Santamaría para salir del país o para recoger a una persona que ingrese al territorio nacional bajo los vuelos habilitados para tal efecto, debidamente demostrado con el tiquete de vuelo personal o de la persona correspondiente que se vaya a recoger”.

Como bien lo indica, el conductor debe de demostrar que está utilizando el vehículo para estos fines presentando, en dado caso de que un oficial lo detenga, el tiquete de vuelo propio o el de la persona se esté llevando o recogiendo. De esta forma podrá ser parte de la excepción a la restricción vehicular.

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Recuerde que, con los nuevos protocolos en el aeropuerto, únicamente pueden ingresar a la terminal los viajeros luego de presentar el tiquete de vuelo. Así que los acompañantes deben quedarse en el parqueo, o fuera de la terminal, en caso de querer despedirse.

Al volver a Costa Rica, ya no debe de realizar cuarentena ni presentar prueba negativa, únicamente debe de llenar el Pase de Salud.

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